viernes, 16 de diciembre de 2011

El Tribunal Constitucional ratifica la anulación de la denominación “Ingeniero de la Edificación” porque “induce a confusión” y porque “un Arquitecto Técnico no es un Ingeniero”

El Tribunal Constitucional ha ratificado la anulación de la denominación de “Ingeniero de la Edificación”, realizada en 2010 por el Tribunal Supremo, ya que considera que este nombre “induce a confusión, dado que un Arquitecto Técnico no es un Ingeniero”. Una sentencia a la que ha tenido acceso el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales (CGCOII) y que ratifica los postulados mantenidos por los ingenieros industriales.

De este modo, Universidades como las de A Coruña tendrán que buscar una denominación distinta a la de “Graduado en Ingeniería de la Edificación”. Esta sentencia no significa la anulación de estos títulos o la desaparición de esta titulación, sino que obliga a la Universidad herculina a cambiar el nombre de dicha carrera.

Así, el Tribunal Constitucional, en Sentencia emitida el 21/11/2011, ha ratificado como ajustada a derecho la Sentencia de 9 de marzo de 2010 del Tribunal Supremo (TS) que anulaba la denominación de “Ingeniero de la Edificación”, fundamentando que ésta “induce a confusión dado que un Arquitecto Técnico no es un Ingeniero”. La lectura de los 31 folios que soportan el análisis realizado por el Tribunal Constitucional refleja la minuciosidad con la que la cuestión ha sido debatida por los Magistrados, que no solo han analizado, argumentado y desestimado todas las causas argumentadas por el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE), sino también las presentadas en el procedimiento por el Abogado del Estado, defensor de las tesis del Ministerio de Educación.

Las Universidades hicieron caso omiso al Supremo

Conocida la admisión a trámite de un Recurso de Amparo, interpuesto por parte del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales ante el Tribunal Constitucional, y basándose precisamente en dicha situación procesal, tanto las Universidades como el propio Ministerio de Educación argumentaron la no adopción de medidas de política universitaria. Paralelamente numerosos Tribunales Superiores de Justicia (País Vasco, Galicia, Islas Baleares, Tenerife y Sevilla) han dictado medidas cautelares que impiden a las Universidades ofertar los estudios bajo la denominación de “Graduado en Ingeniería de la Edificación”, pese a lo cual las Universidades han hecho caso omiso de las mismas sin proceder a su ejecución.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales ha venido demandando reiteradamente a los diversos responsables políticos del Ministerio de Educación la necesidad de ofertar dichos estudios con una denominación distinta a la de “Graduado en Ingeniería de la Edificación”. Una demanda ante la que el Ministerio se ha considerado siempre incompetente, argumentando que la determinación de la denominación de los títulos es competencia exclusiva de las universidades.

Pese a ello las Universidades no sólo no han planteado una nueva denominación, sino que señalan como responsable al Ministerio de Educación, argumentando que fue éste quien, por primera vez en el año 2007 reflejó el nombre de “Graduado en Ingeniería de la Edificación”.Graduado en Ingeniería de la Edificación” (concretamente en la Resolución de la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación que publicó el Acuerdo de Consejo de Ministros en el que se establecían las condiciones que debían verificar los títulos universitarios habilitantes para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico).

Inseguridad en los estudiantes
Ante esta inacción y aparente incompetencia para resolver el asunto por parte del Ministerio y las Universidades, el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales demanda una actuación urgente por parte del Gobierno. Una actuación urgente fundamentada en el bien del colectivo de ingenieros industriales y para eliminar la inseguridad causada a numerosos estudiantes que están esperando a que alguna autoridad defina una denominación para los estudios que están cursando.

Esta inquietud que muestra el Consejo General se ve también reflejada en el voto particular emitido por uno de los Magistrados del Tribunal Constitucional, que afirma: “la grave situación originada a las personas que hubiesen obtenido el título de “Graduado o Graduada en Ingeniería de la Edificación”, así como también a las Universidades que los hubieran expedido o que se encontraran en trance de expedirlos, debería ser remediada con urgencia por el Gobierno mediante las disposiciones pertinentes que establecieran en definitiva las denominaciones apropiadas de los títulos en cuestión”.

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